Caracas, 27 de mayo de 2025 — La defensora de los derechos indígenas, Dalia Herminia Yánez, ha sido reconocida por su incansable lucha en pro de los pueblos originarios de Venezuela y la reivindicación histórica de la soberanía venezolana sobre el territorio de la Guayana Esequiba. Su labor, enmarcada en el legado del Comandante Hugo Chávez, se fundamenta en la Constitución Bolivariana y la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI), instrumentos que garantizan el resguardo de estas tierras como patrimonio ancestral y herencia para las futuras generaciones.
Yanez destacó que la Guayana Esequiba, reclamada por Venezuela como parte integral de su territorio, constituye un espacio vital para las comunidades indígenas, quienes históricamente han custodiado estos territorios. «Estas tierras no son solo nuestra identidad, sino el sustento de nuestros hijos y nietos. Su defensa es un compromiso con el Gran Cacique Guaicaipuro, con el Libertador Simón Bolívar y con todos los que lucharon por una Patria libre», afirmó.
La activista subrayó que tanto la LOPCI como el artículo 119 de la Constitución Bolivariana reconocen los derechos irrevocables de los pueblos indígenas a sus hábitats y tierras, respaldando así la lucha contra cualquier pretensión extranjera que amenace la integridad territorial. «Venezuela no claudicará en su defensa ante intereses foráneos. La Guayana Esequiba es nuestra, y los pueblos indígenas son sus guardianes», agregó.
En línea con el pensamiento bolivariano y chavista, Yanez rechazó categóricamente las acciones de potencias extranjeras que buscan desconocer la soberanía venezolana. «Hacemos un llamado al mundo a respetar nuestra autodeterminación. La paz solo será posible cuando se honre la justicia histórica y social que reclaman nuestros pueblos», sostuvo.
Finalmente, reiteró su compromiso con la construcción de un Estado pluricultural, tal como lo establece la Carta Magna, y con la promoción de un mundo solidario y pacífico, en consonancia con los ideales de la Orden «Terrónas Venezolanas» instituida para honrar a quienes defienden la justicia social.
¡Por la Patria, los Pueblos Indígenas y la Soberanía Nacional!
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Nota al editor:
* El artículo 119 de la Constitución de Venezuela establece: «El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan».
* La LOPCI (2005) garantiza los derechos colectivos de los pueblos indígenas, incluyendo la demarcación de sus territorios.
* La reclamación venezolana sobre la Guayana Esequiba se basa en el Acuerdo de Ginebra de 1966, aún vigente.


